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A todo ciudadano, en numerosos procesos administrativos o personales se le puede requerir determinados certificados que den fe de…
A todo ciudadano, en numerosos procesos administrativos o personales se le puede requerir determinados certificados que den fe de determinado hecho facultativo. En este grupo está los certificados de nacimiento, defunción, matrimonio y divorcio, entre otros más.
Si queremos solicitar por primera vez el DNI, gestionar temas de herencias o contraer nupcias por segunda vez, deberemos tener en nuestra posesión este tipo de documentos.
Todos estos certificados se solicitan, tramitan y recogen en el Registro Civil del municipio respectivo al nacimiento, deceso o celebración de la boda, esto es:
Hay tres formas de solicitarlos y que los recibamos, cada una con un proceso determinado.
De forma presencial
Deberemos personarnos al Registro Civil respectivo llevando determinada documentación según el tipo de certificado que queramos solicitar. Si el trámite a realizar es la obtención del certificado de nacimiento, matrimonio o divorcio, es imprescindible portar el Libro de Familia, mientras que, si es el de defunción, tendremos que identificarnos con el DNI o pasaporte.
Por correo postal
Es análogo al presencial, mas en lugar de tener que desplazarnos hasta las oficinas del Registro Civil, tendremos que enviarles una carta postal adjuntando las fotocopias pertinentes del Libro de Familia y/o DNI según proceda, además de determinado formulario relleno en el que se explica qué certificado se está demandando y las razones.
Por vía telemática
Es la forma más rápida y que no tiene demoras para la obtención de los certificados. La solicitud se inicia accediendo a la web del Ministerio de Justicia y navegando entre las distintas opciones existentes hasta seleccionar el trámite.
Lo primero a saber es que la obtención de estos certificados es gratuita, independientemente el modo que se escoja para su solicitud.
Es posible que algunos Registros Civiles no estén informatizados (son minoría). Si este fuera el caso, la vía telemática no sería posible y se tendría que optar por hacerlo de forma presencial o por correo. La propia web del Ministerio de Justicia informaría de tal hecho.
La opción de hacerlo por internet requiere disponer de un certificado digital, método Cl@ave o DNIe (DNI electrónico). De lo contrario, el proceso se asemejaría a hacerlo por vía postal.
Depende de dos factores principalmente: de la vía que se seleccionó para tramitarlo y de la saturación que pueda tener la oficina del Registro Civil respectiva.
Si desea información más según qué certificado y qué pasos dar, le recomendamos acceder a los siguientes enlaces:
Obtención del certificado de divorcio.
Obtención del certificado de matrimonio
Obtención del certificado de nacimiento
Obtención del certificado de defunción
Gemna
Hace 6 meses
Publicado el 18 de Mayo de 2021
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18/05/2021
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